viernes, 24 de enero de 2014

NOTICIAS CCPEZ

   
NOTICIAS CCPEZ


Se informa a todos los Contadores Públicos y al público en general que el día 28/01/2014 la Oficina Principal de Visado y el IPSFA laborará hasta las 05:00 p.m., Palacio de Eventos hasta las 04:30 p.m. y el SIACE en su horario habitual. Por motivo de actualización al personal de Visado sobre los Informes bajo VEN-NIF y la Gaceta Oficial Nº 40332 emitida por el SAREN.

  Estimados colegas, Contadores Públicos de todo el país, instituciones aliadas y allegadas a nuestro gremio y público en general, mediante la presente informamos que el día 13 de enero de 2014 salió publicada la Gaceta Oficial Nº 40.332 con la resolución 019 “Manual que establece requisitos únicos y obligatorios para la tramitación en registros mercantiles”. Vale la pena destacar los siguientes aspectos importantes publicados: Se exigen estados financieros bajo VEN- NIF (Artículo 13), estados financieros visados (Artículo 18) y el uso del papel de seguridad (Artículo 12) para las gestiones a las que corresponda cada caso.

Apreciado colega te invitamos a participar en la práctica de Domino Femenino, que se realizaran el día sábado 25 de Enero de 2014, de 03:00 p.m. a 07:00 p.m. en la Sede del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia.

  La Junta Directiva, informa a todos los Contadores Públicos y al público en general que el Servicio de Restauran está suspendido temporalmente por motivo de remodelación de la cocina. De antemano pedimos disculpas por los inconvenien tes ocasionados.

CIRCULAR del Tribunal Disciplinario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia






COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL ESTADO ZULIA
TRIBUNAL DISCIPLINARIO



Maracaibo, 23 de Enero de 2014



Nº CCPEZ-TD-CIR-0001-13

C I R C U L A R


AL COLECTIVO GREMIAL
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL ESTADO ZULIA
CIUDAD.-

            Las autoridades del Tribunal Disciplinario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia, hacen saber, que en atención a los recurrentes reportes e informes verbales, que a bien hayan tenido formular un considerable número de agremiados con respecto a la manera irregular en la que presuntamente se han estado expidiendo los ¨INFORMES SOBRE LA REVISIÓN DE INGRESOS PARA PERSONAS NATURALES¨, muy especialmente los requeridos como requisito indispensable para  tramitar ante las Casas de Cambio la Autorización de Divisas  destinadas a las Remesas Familiares.

Por cuanto es obligación del Tribunal Disciplinario administrar justicia en los casos de infracción a las normas que rigen la actuación profesional y gremial, éste Órgano Disciplinario, en uso de sus más amplias facultades y atribuciones, acordó iniciar un procedimiento de verificación de todos aquellos casos donde los Contadores Públicos, hayan visado una cantidad igual o superior a los Un Mil (1.000) Informes de Revisión de Ingresos en el transcurso del año 2013. Este procedimiento tiene por objetivo principal corroborar si en el desarrollo de tales actuaciones fueron observados y aplicados los procedimientos establecidos en la ¨NORMA SOBRE LA REVISIÓN DE LOS INGRESOS DE PERSONAS NATURALES¨ (SEPC-5).

En todos aquellos casos donde se evidencie una flagrante violación a La Ley de Ejercicio de La Contaduría Pública, su Reglamento y demás normas de carácter gremial, se dará inicio al correspondiente Expediente Disciplinario, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera derivarse de la inadecuada actuación profesional, en cuanto se refiere a la emisión de certificados destinados y dar fe sobre datos y/o documentos falsos, conforme a lo previsto en el artículo 77 de la vigente  Ley Contra La Corrupción, publicada en Gaceta Oficial de La República Bolivariana de Venezuela Nº 5.637 de fecha 07 de Abril de 2003

¨…El funcionario público o particular que expida una certificación falsa, destinada a dar fe ante a la autoridad o ante particulares, de documentos, actas, constancias, antigüedad, u otras credenciales, que puedan ser utilizadas para justificar decisiones que causen daño al patrimonio público, será penado con prisión de de seis (06) meses a dos (02) años.
Con la misma pena se castigará a quien forjare tales certificaciones o altere alguna regularmente expedida, a quien hiciere uso de ello, o quien diere u ofreciere dinero para obtenerla…¨ (Resaltado nuestro)


En tal sentido, se exhorta de manera categórica y contundente, a todos los Contadores Públicos del Estado Zulia, a desarrollar sus actuaciones de Revisión de Ingresos con estricto  apego a los procedimientos contenidos en la SEPC-5, de igual manera se recomienda abstenerse en cuanto sea posible de actuar en aquellos casos en los que no estén dadas las más mínimas condiciones para emitir una opinión libre de riesgos significativos.

A los efectos de la ¨NORMA SOBRE LA REVISIÓN DE LOS INGRESOS DE PERSONAS NATURALES¨ (SEPC-5), debe entenderse como Ingresos de Personas Naturales a todos aquellos evidenciados por la persona natural , susceptibles de la aplicación de procedimientos de revisión, conforme a lo establecido en el párrafo quinto (05) de la aludida norma.

De igual manera se recuerda que ningún particular, casa de cambio y/o institución financiera, entre otros, está en capacidad de exigir a ningún Contador Público la omisión de alguno de los procedimientos previstos en la SEPC-5, así como tampoco la alteración de la estructura del Informe  y/o la exclusión de alguno de sus anexos, muy especialmente el relacionados con la Legitimación de Capitales y la declaración del cliente sobre la lícita proveniencia de los fondos.

Publíquese, en Maracaibo a los Veintitrés días del mes de Enero del año Dos Mil Trece.


Por El Tribunal Disciplinario



  
 Lcdo. ROBER MARCELO LOPEZ                                                Lcdo. HECNAN VERA MENDOZA
  Presidente (E) C.P.C  57.454.                                                            Secretario C.P.C 66.602.            
                                                         




  Lcdo. JAVIER FINOL DELGADO 
                                                                  Vocal C.P.C 18.640.

Publican en Gaceta Oficial la ley que limita precios y ganancias (Descargar Gaceta)


Publican en Gaceta Oficial la ley que limita precios y ganancias

(Descargar Gaceta) 

El texto prevé penas máximas para los desestabilizadores de la economía y quienes atenten contra la seguridad de la nación.

EL UNIVERSAL

Caracas.-  Tal como lo ofreció el Presidente Nicolás Maduro hoy fue oficializada la llamada Ley de Ganancias, que podrá un techo de hasta 30% en las ganancias que podrán obtener.

"En ningún caso, el margen de ganancia de cada actor de la cadena de comercialización excederá de treinta puntos porcentuales de la estructura de costos del bien o servicio", seña el texto.

Mediante el Decreto 600, publicado en la Gaceta Oficial 40.340 que circula hoy, fue dictado el decreto con rango y fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.

En las disposiciones transitorias de la norma se indica que "los precios justos alcanzados con motivo de la ofensiva económica desplegada por el Presidente de la República, mantendrán su vigencia" hasta que la nueva Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (Sundde), que reemplaza al Indepabis y la Sundecop, determine los nuevos precios.

Entre otras cosas el texto señala que cuando el boicot, acaparamiento, especulación, contrabando de extracción, usura, cartelización u otros delitos conexos, procuren la desestabilización de la economía; la alteración de la paz y atenten contra la seguridad de la nación, las penas contempladas se aplicarán en su límite máximo, igualmente se procederá a la confiscación de los bienes, conforme a lo previsto en la Constitución.

Se abrirá un Registro Único de Personas que Desarrolles Actividades Económicas, para lo cual se estipuló un período de 180 días de inscripción.

El Tribunal Supremo de Justicia aprobó el carácter de orgánico para este texto legal emitido por Maduro vía Habilitante.


Fijan cupo máximo anual de $3.000 para viajes y compras por internet (Descargar Gaceta)

Fijan cupo máximo anual de $3.000 para viajes y compras por internet

(Descargar Gaceta) 


En Gaceta Oficial extraordinaria se establece que el límite para las operaciones de comercio electrónico será de $300. Para el uso de las tarjetas en el exterior se registran ajustes, por lo que quienes viajen a Florida tendrán una asignación máxima de $700, mientras que para el resto de Estados Unidos se otorgarán $2.500.

Fuente: EL UNIVERSAL

Caracas.- En Gaceta Oficial extraordinaria N 6.122 el Gobierno modificó la asignación de divisas para viajeros y compras electrónicas. La normativa señala que habrá un cupo máximo anual de 3.000 dólares y de esa cantidad serán descontados los pagos de viajes, las divisas en efectivo y las operaciones de comercio electrónico.

El artículo 2 de la providencia para la Adquisición de Divisas al Pago de Consumos en el Extranjero señala que "Cadivi podrá autorizar hasta un monto máximo de 3.000 dólares en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. De dicho monto serán descontados los montos autorizados conforme a cada modalidad, bien sea: autorización para realizar pagos en divisas con tarjeta de crédito en el extranjero con ocasión de viajes al exterior, autorización para realizar consumos de bienes y servicios efectuados con tarjetas de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores extranjeros desde Venezuela y autorización de adquisición de divisas en efectivo bajo los parámetros y con las limitaciones de cada modalidad".

Se añade que "quedan excluidos de dicho monto máximo las autorizaciones de adquisición de divisas en efectivo para niños y adolescentes".

En dicha norma quedó establecido que el cupo para operaciones electrónicas con proveedores en el extranjero fue reducido a 300 dólares .

De acuerdo a la nueva providencia, en su sección III, artículo 25, "la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) podrá autorizar hasta un monto máximo de trescientos dólares de los Estados Unidos de América ($300) o su equivalente en otras divisas por año".

Montos por destino

Los montos asignados de acuerdo al lugar de destino también fueron ajustados en esta nueva providencia, donde resalta la disminución del cupo para quienes viajan al Estado de La Florida cuya asignación quedó en un máximo de $700.

Para África, Asia, Europa y Oceanía se otorgarán entre 2000 y 3000 dólares, dependiendo siempre de la duración del viaje; para Belice, Canadá, Chile, El Salvador, Estados Unidos (excepto La Florida), Guatemala, Guyana, Honduras, México Suriname, San Vicente y Las Granadinas, Países del ALBA y Mercosur, un máximo de $2500; Aruba, Bonaire, Colombia, Costa Rica, Curazao, Panamá, Perú, estado de la Florida, un máximo de $700; mientras que para otras islas de El Caribe, 1000 dólares.
Para realizar la solicitud del cupo electrónico es necesario que la persona sea titular de la tarjeta de crédito, y que la tarjeta tenga una fecha de emisión superior a los 6 meses. Entre los requisitos de solicitud también se establece la consignación ante el "Operador Cambiario Autorizado" de una planilla obtenida vía electrónica, junto con copia de la cédula de identidad y el Registro Único de Información Fiscal.

Si el usuario desea realizar un cambio de Operador Cambiario debe notificarlo a Cadivi y este a su vez le notificará al Operador


Hoy Fiesta de Bienvenida al 2014 con los Tres del Swing





LA Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia Invita a darle la bienvenida al 2014 con la agrupación  "Los tres del swing".  Hora: 8:30 PM. Lugar Salón Mayor del CCPEZ 





lunes, 20 de enero de 2014

Venezuela con nuevas Normas Internacionales de Auditoría, Revisión, Atestiguamiento y Servicios Relacionados


A partir del 1er de enero

Venezuela con nuevas Normas Internacionales de Auditoría, Revisión, Atestiguamiento y Servicios Relacionados






Prensa  Ccpcarabobo.- El pasado sábado 17 de enero en las instalaciones del Auditorio de la Facultad de Ciencias, Económicas y Sociales de la Universidad de Carabobo, se llevó a cabo la primera Conferencia Nacional sobre la “Adopción de Normas Internacionales de Auditoría, Revisión, Atestiguamiento y Servicios Relacionados”  dictada por el Director General del Instituto de Altos Estudios de Información Financiera (Iaesif), Renny Espinoza adscrito a la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (Fccpv).

El evento inició a las 10 de la mañana con el auditorio lleno  de estudiantes de los últimos semestres de Contaduría Pública, Profesionales y Profesores Universitarios, con un total de 250 personas.Las palabras de bienvenida estuvo a cargo del Profesor Universitario y miembro de la Junta Directiva del Instituto de Estudios Superiores e Investigación de las Ciencias Contables del Colegio de Contadores Públicos del Estado Carabobo Lcdo. Víctor Hugo Pinto, quien agradeció a los presentes su asistencia, luego el presidente del Colegio de Contadores Públicos del estado Carabobo, Luis Veloz resaltó el esfuerzo de la institución gremial en unir esfuerzos en la promulgación de los nuevos avances de la Contaduría Pública, con el único fin de brindar servicios profesionales óptimos y de alta calidad.

El licenciado. Renny Espinoza manifestó que “la finalidad de esta Conferencia, es la divulgación de los nuevos estándares internacionales aplicados a Venezuela y propiciar las mejores prácticas profesionales, voy a señalar aspectos que tienen que cambiar dentro de los informes de Auditor y Contador Público”

La presentación de aspectos fundamentales que han sufrido cambios, fueron explicados con detalles y ejemplos para que los presentes en casi dos horas que duró esa clase magistral, se fueran con una idea clara y precisa de lo que a partir del 1ero de enero de este año cambió en materia contable y de auditoria en Venezuela. Espinoza resaltó por ejemplo “Con estas nuevas normas,  se especifica la diferencias entre Actuación Profesional y Actividad Profesional, además de obligar la presencia  de dos actores profesionales en la elaboración de estados financieros.

“Un contador que realiza un trabajo financiero, no puede validar por sí mismo  esa información, no sería objetiva esa evaluación, por ello, se requiere la presencia de dos profesionales que validen dicho informe”  explicó el Director General del  Iaesif. Para más detalles e información sobre todo lo relacionado con estas nuevas normas, podrán conseguirlas a través de la website de la Fccpv : www.fccpv.org.ve.

miércoles, 15 de enero de 2014

NOTIFICACIÓN AL GREMIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE VENEZUELA





       
          NOTIFICACIÓN AL GREMIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE VENEZUELA


Estimados colegas, Contadores Públicos de todo el país, instituciones aliadas y allegadas a nuestro gremio y público en general, mediante la presente informamos que el día 13 de enero de 2014 salió publicada la Gaceta Oficial nº 40.332 con la resolución 019 “Manual que establece requisitos únicos y obligatorios para la tramitación en registros mercantiles”. Vale la pena destacar los siguientes aspectos importantes publicados: Se exigen estados financieros bajo VEN- NIF (Artículo 13), estados financieros visados (Artículo 18) y el uso del papel de seguridad (Artículo 12) para las gestiones a las que corresponda cada caso.

Esto representa un avance que ratifica la transparencia y profesionalismo de nuestro gremio y a la vez es sinónimo de confiabilidad y seguridad para los usuarios de información financiera. La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, como ente calificado y de referencia técnica, cumple con informar sobre esta nueva decisión para beneficio de nuestra especialidad y que convalida el compromiso de nuestra institución que apuesta por los intereses comunes del país. 

Atte.

Lic. Diego Mendoza
Presidente Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela
15 de enero de 2014


Tips Informativo

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